1. Etimología

La palabra SINDICATO es tomada del Frances, pero encuentra evidentes antecedentes en Grecia y Roma.
  • Se deriva del Griego Sundiké = justicia comunitaria, idea de administracion y atencion de un comunidad.
  • Tambien tiene una referencia en un texto de Gayo del Digesto “a los que se les permitió fundar colegio, sociedad u otra cosa semejante, a limitación de la República, se les permite también tener cosas comunes, arca común y actor, o síndico, por quien, así como en la República, se trate y haga lo que convenga al común”

Pero es utilizado por primera vez en una Federacion parrisense llamada “Chambre syndicale du bâtiment de la Sainte Chapelle” aproximadamente en el año de 1810.

2. Definiciones Doctrinales

Todos las definiciones coinciden en varios puntos:
  • Se trata de una unión libre
  • Une a personas por sus lazos profesionales
  • Es institucional
  • Es permanente
  • Persigue la defensa de los intereses de sus miembros
  • Intenta mejorar el trabajo de sus miembros
  • Procura la regulación colectiva de las condiciones de trabajo

3. Definiciones legales Extranjeras

Ley de Relaciones Industriales (inglesa del año 1917)
Define a la organización de trabajadores:

Como una organización temporal o permanente.
a) Esta constituida en forma total o principal de trabajadores de una o varias clases.
b) Es una federación de organizaciones de trabajadores.


Ley Francesa del 25 de febrero del 1927:

En su Art. 1: dispone que los sindicatos profesionales tiene por objeto el estudio y la defensa de los intereses económicos, industriales.

Ley Fundamental de Bonn
Art. 92: define asociación profesional como “ toda unión libre, jurídico-privada y corporativa de trabajadores, independiente y POR ENCIMA de la empresa.

Código de Trabajo Panameño
Art. 276. señala que sindicato es toda asociación PERMANENTE de
trabajadores, o de patrones o de profesionales de cualquier clase.

Código de Trabajo Chileno
Art. 367: dispone que los sindicatos “ serán instituciones de colaboración mutua
entre los factores que constituyen a la producción”.

4. Antecedentes Nacionales

Art. 2 de la “Iniciativa de ley sobre uniones profesionales de la diputación colimense” (1913).

Art.2 del “Proyecto de ley de uniones profesionales elaborada por la sección de legislación social dependiente de la secretaria de Instrucción Publica” (1915)

Art.3 de la “Ley de asociaciones profesionales de Agustín Millán” (veracruz,1915).

Art.1 de la “Ley sobre asociaciones profesionales” de Cándido Aguilar (veracruz,1916).

Art.3 de la misma ley.

De estas disposiciones derivo el texto del la frac. XVI del Art. 123 constitucional, que sin definir a los sindicatos estableció la libertad de asociación profesional.

El antecedente mas importante lo constituye el Art. 142 de la Ley del Trabajo de Veracruz , solo se refiere a los sindicatos obreros.
Su texto dice lo siguiente:

“Se entiende por sindicatos, para los efectos de esta ley, toda agrupación de
trabajadores que desempeñan la misma profesión y trabajo, o profesiones y
trabajos semejantes o conexos, constituida exclusivamente para el estudio,
desarrollo y defensa de los intereses comunes”.
Este texto fue recogido del Proyecto Portes Gil en el Art.284, también el texto del Proyecto Portes Gil sirvió de base al de la secretaria de industria cuyo articulo 235 mejora su redacción.

“Sindicato es la asociación de trabajadores o patronos de una misma profesión,
oficio o especialidad, o de profesiones, oficios o especialidades similares o
conexos, constituida exclusivamente para el estudio, mejoramiento y defensa de
los intereses de su profesión”.

El legislador de 1931 volvió a variar levemente el texto, con ese motivo el art.232 quedo redactado como siguiente:

“Sindicato es la asociación de trabajadores o patronos de una misma profesión,
oficio o especialidad o de profesiones, oficios o especialidades similares o
conexos, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses
comunes”.

4. Analisis del Texto Vigente

Estudio, mejoramiento, y defensa =
  • De los intereses colectivos
  • De las clases sociales
  • De los intereses individuales de sus agremiados

  • Integracion de organismos estatales en asuntos de trabajo.
  • Organzacion de agencias de colocacion para los trabajadores.
  • Organización de servicios de ayuda y prevision social.